Iniciar una actividad por cuenta propia en España conlleva costes elevados debido a la obligación de abonar las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social. Esta guía te explica cómo solicitar el descuento de la tarifa plana para nuevos autónomos.

Esta bonificación te permite reducir de forma notable los costes fijos durante tus primeros años de actividad profesional.

¿Qué es la Tarifa Plana?

La tarifa plana es una ayuda estatal diseñada para incentivar el alta de nuevos trabajadores por cuenta propia en España.

Las cuotas estándar mínimas de la Seguridad Social arrancan en unos 230,00 € al mes y se incrementan según tus ingresos netos reales.

La tarifa plana reduce este pago mensual obligatorio a una cuota fija de 80,00 €.

Esta reducción permite a los nuevos autónomos consolidar su cartera de clientes sin soportar unos costes fijos de cotización elevados.


Requisitos de acceso

Debes cumplir una serie de requisitos específicos para poder beneficiarte de la tarifa plana.

La Seguridad Social verificará tu situación administrativa antes de concederte el descuento.

Asegúrate de cumplir con estas condiciones:

  • Sin actividad reciente : No haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años inmediatamente anteriores.
  • Sin bonificaciones previas : Si ya disfrutaste de la tarifa plana en el pasado, debes esperar un plazo de tres años desde que te diste de baja para volver a solicitarla.
  • Al corriente de pago : No mantener deudas pendientes con la Agencia Tributaria ni con la Seguridad Social.
  • No ser autónomo colaborador : Los familiares de trabajadores por cuenta propia que se den de alta en el régimen (denominados colaboradores familiares) no tienen derecho a esta ayuda.

Excepciones para determinados colectivos

El plazo de espera de dos años sin actividad previa se reduce bajo ciertas condiciones.

Si has sido víctima de violencia de género, puedes solicitar la tarifa plana en un plazo inferior.

Las personas con un grado de discapacidad reconocido también cuentan con plazos ampliados de descuento.

Estos colectivos pueden mantener la cuota fija reducida por un periodo de hasta 60 meses.

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La Tarifa Cero de la Comunidad de Madrid

El gobierno regional de la Comunidad de Madrid ofrece una ayuda complementaria para los autónomos de la región.

Esta subvención se denomina tarifa cero.

Cómo funciona la ayuda

Debes abonar la cuota mensual de 80,00 € a la Seguridad Social durante tu primer año de alta.

Una vez finalizado el primer año, debes solicitar el reintegro de la ayuda a través del portal de internet del gobierno de la Comunidad de Madrid.

El gobierno de Madrid te ingresará el reembolso del total de las cuotas mensuales abonadas durante los primeros 12 meses.

Este reintegro sitúa de forma efectiva tu coste de Seguridad Social en 0,00 € durante tu primer año.

Presentación de la solicitud de reembolso

Debes tramitar la solicitud del reembolso dentro de los plazos y convocatorias anuales fijadas por la región.

Debes aportar los justificantes bancarios de los pagos mensuales cargados por domiciliación.

También necesitarás certificados de estar al corriente de pago de tus obligaciones fiscales.

Tu gestor puede tramitar esta solicitud en tu nombre por unos honorarios mínimos.

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Plazos del descuento y prórrogas

La cuota de la tarifa plana se modifica a medida que avanza tu actividad.

La duración final del descuento dependerá de tu volumen de rendimientos netos reales.

Primer año (meses 1 a 12)

Abonas la cuota fija de 80,00 € al mes durante los primeros 12 meses.

El importe de la cuota es fijo con independencia del beneficio neto real obtenido en este periodo.

Segundo año (meses 13 a 24)

Puedes prorrogar el pago de la cuota de 80,00 € del mes 13 al 24 bajo una condición obligatoria.

Tus rendimientos netos mensuales deben ser inferiores al sueldo mínimo interprofesional legal.

Este importe de referencia es el Salario Mínimo Interprofesional, conocido como SMI.

Si tus ingresos superan el SMI, deberás pasar a cotizar según la escala general de tramos de cotización.

Cuotas de autónomos y cotizaciones a la Seguridad Social


¿Qué ocurre cuando finaliza la tarifa plana?

El descuento de la tarifa plana concluye transcurrido un plazo máximo de 24 meses para la mayoría de los autónomos.

A partir del mes 25 de actividad, pasarás a cotizar en el sistema general.

Tu cuota mensual dejará de ser una tarifa fija de 80,00 €.

Hacienda y la Seguridad Social calcularán el importe de tu cotización en función de tu tramo de ingresos netos reales.

Debes actualizar tus ingresos estimados en el portal de la Seguridad Social para evitar el cargo de recargos.


Tabla comparativa de cuotas: tarifa plana frente a general

Esta tabla detalla la diferencia de costes de cotización mensuales con y sin bonificación.

Periodo de actividad Cuota mínima general Cuota de tarifa plana Ahorro mensual
Meses 1 a 12 230,00 € a 540,00 € 80,00 € 150,00 € a 460,00 €
Meses 13 a 24 230,00 € a 540,00 € 80,00 € (Sujeto a ingresos) 150,00 € a 460,00 €
Meses 25 en adelante 230,00 € a 540,00 € Cuota estándar general 0,00 €

Lista de control para la solicitud

Sigue estos pasos al darte de alta de actividad para asegurar la ayuda:

  • Revisa tus antecedentes : Confirma que no has estado de alta como autónomo en los últimos 24 meses.
  • Marca la casilla de solicitud : Selecciona la opción de la tarifa plana al tramitar el alta en el portal Import@ss de la Seguridad Social.
  • Mantén saldo en cuenta : Asegúrate de disponer de fondos suficientes en tu cuenta bancaria el último día del mes.
  • Tramita la Tarifa Cero : Solicita el reembolso del gobierno de Madrid tras completar el mes 12 de actividad.

Guía de alta de autónomo


Preguntas frecuentes

¿Puedo solicitar la tarifa plana si me doy de alta como administrador de una sociedad?

Sí, con condiciones. Si te das de alta como administrador de una SL (Sociedad Limitada), tienes derecho a la tarifa plana. No obstante, la tarifa plana societaria tiene un coste fijado en 85,00 € al mes en lugar de los 80,00 € generales.

¿Qué ocurre si devuelven el recibo de la cuota de un mes?

Perderás la bonificación de esa mensualidad. La Seguridad Social te reclamará la cuota mínima general completa de ese mes, sumando además un recargo automático por pago tardío del 10 %. Recuperarás la tarifa plana una vez regularices la deuda.

¿Se puede compatibilizar la tarifa plana con el trabajo por cuenta ajena?

Sí. Puedes ejercer como empleado y autónomo simultáneamente. No obstante, deberás elegir entre el descuento de la tarifa plana o las bonificaciones por compatibilidad de regímenes, situación denominada pluriactividad.

¿La cuota de la tarifa plana me concede asistencia sanitaria?

Sí. El pago de la tarifa plana te otorga derecho a la asistencia sanitaria pública completa. También cubre las situaciones básicas de baja por accidente o enfermedad.

¿Necesito un gestor para solicitar la tarifa plana?

No. Puedes marcar la casilla de solicitud tú mismo al tramitar tu alta online. Sin embargo, contar con un gestor te garantiza no cometer errores y te ayuda a tramitar el reembolso posterior de la tarifa cero en Madrid.

¿El reembolso de la tarifa cero de Madrid es automático?

No. El gobierno regional de Madrid no realiza la devolución de forma automática. Deberás presentar una solicitud específica adjuntando los recibos bancarios de las cuotas y los certificados tributarios tras completar el primer año de actividad.

¿Qué ocurre si mis ingresos aumentan durante el segundo año?

Perderás el derecho a la cuota reducida. Si tu rendimiento neto medio supera el salario mínimo interprofesional, deberás pasar a cotizar según el tramo de la escala general de cotización.

¿El periodo de tarifa plana computa para mi jubilación?

Sí. No obstante, tu base de cotización se sitúa en los mínimos de la escala. Esto supone que la cotización acumulada para tu jubilación será menor durante el tiempo de disfrute de la ayuda.

¿Puedo pausar la tarifa plana si cierro mi actividad de forma temporal?

No. La tarifa plana no se puede paralizar. Si te das de baja como autónomo, el plazo de disfrute de la ayuda sigue corriendo en el calendario. Al darte de alta de nuevo, cotizarás según la escala general salvo que hayan transcurrido dos años desde tu baja.

¿Se pierde la tarifa plana si cambio de actividad profesional?

No. No pierdes el derecho a la tarifa plana si modificas tu actividad económica o tu código de IAE. Siempre que el alta de autónomo se mantenga continuada, el descuento de la tarifa plana sigue aplicándose.


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